como reclamar los gastos hipotecarios al banco

Cómo reclamar la devolución de los gastos hipotecarios

Si tienes una hipoteca o la has tenido, independientemente de la entidad bancaria, te han obligado a pagar injustamente los gastos de apertura de la hipoteca que en realidad corresponde al banco.

Una sentencia del Tribunal Supremo abre las puertas a la recuperación de parte del dinero que pagamos de más.  En esta página te explicamos cómo reclamar la devolución de los gastos hipotecarios

¿Qué es lo que hemos pagado de más?

Cuando abrimos una hipoteca, hasta ahora, hemos tenido que afrontar dos tipos de gastos: los gastos de compraventa, correspondientes al pago de la gestión y papeleo por la transmisión de la propiedad y los gastos de escrituración de la hipoteca. Según la Ley, estos últimos gastos deberían ser pagados por la entidad bancaria, como sujeto pasivo e interesado de esta parte de la transacción.

Según figura en la sentencia, los clientes estaríamos exentos de pagar los  siguientes gastos:

  1. Gastos notariales: suele constituir entre el 0,1 % y el 0,5 % de la responsabilidad hipotecaria.
  2. Gastos de registro: en torno al 0,2 %
  3. Tributos: el IAJD (Impuestos de Actos Jurídicos Documentados) depende de cada comunidad autónoma, pero ronda el 1 %

De esta manera, cada hipotecado hemos pagado un mínimo de 2.500 euros que no nos correspondían.

¿Por qué se han declarados nulos estos gastos?

El Tribunal Supremo publica la sentencia 705/2015 de 23 de diciembre en la que declara como abusiva la práctica que impone el pago de todos los gastos, tributos y comisiones derivados del préstamo hipotecario al nuevo hipotecado.

Dicha sentencia expone que se trata de una situación abusiva al no ajustar una correcta distribución de los gastos de notaría, y que corresponde al sujeto pasivo de la operación, en este caso el IAJD, el pago de los tributos correspondientes.

¿Cómo puedo reclamar de los gastos de mi hipoteca?

Para poder reclamar estos gastos son necesarios los siguientes documentos:

Con esta documentación dirigirnos a nuestra entidad, a través de una cita concertada con el director de la sucursal para explicarle nuestro caso. En caso de que no accediera, pasaríamos a poner una reclamación formal al servicio de atención al cliente de nuestra entidad.

Si esto tampoco funciona, el siguiente paso es reclamar al Banco de España, que tiene 2 meses para emitir su postura.

Finalmente, si no ninguno de los pasos anteriores funciona, tendríamos que afrontar por la vía judicial y tomar medidas legales.

¿Qué gastos en la compra de la vivienda NO podemos reclamar?

El comprador de la vivienda, no el vendedor, es el responsable de pagar los gastos derivados del proceso de compraventa. Concretamente, seguirá teniendo que hacer frente al pago del notario, registro, gestoría (si se precisa), Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD), así como el IVA si la vivienda es de nueva construcción o ITP si se trata de un inmueble de segunda mano.

 

 

 

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